Finalismo en el acto administrativo mexicano.

  • Gerardo Centeno Canto Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Municipio de Mérida
Palabras clave: Acto administrativo, acto jurídico, finalismo, Estado regulador, administración, conceptos jurídicos indeterminados.

Resumen

La Administración Pública, al ejercer su función ejecutiva con efectos jurídicos, tiene como fundamental obligación externar sus decisiones mediante el empleo de un instrumento formal que garantice la intelección de los ciudadanos a los que se dirigirán esas determinaciones, ya que sus esferas de derechos se verán impactadas, y fundamentalmente, porque es el minimun que corresponde en un Estado de Derecho.

Un componente poco explorado de este concepto es su lado teleológico; su revisión se justifica porque a la luz de las reformas constitucionales en México, en materia de derechos humanos, asistimos a una nueva versión de la histórica confrontación entre el régimen exorbitante propio del Derecho Administrativo y el principio de legalidad.

El focus en este ejercicio se centra en la revisión del finalismo que debe ser reivindicado como integrante de todo acto administrativo, ya que de este modo se contribuye al abandono del legicentrismo férreo, lógico y rigorista, que impide tanto a las autoridades administrativas como a los ciudadanos extraer la riqueza normativa y creativa que contribuya a alinear los esfuerzos jurídicos y de administración pública, mediante la explicación y justificación de los motivos de las decisiones de autoridad en ese entorno.

Citas

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Publicado
2020-10-06
Sección
Estudios Jurídicos